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Pactos sucesorios

Pactos sucesorios

A. Concepto. Paralelamente al testamento, en Cataluña se pueden otorgar pactos sucesorios, que es aquella escritura por la que el instituyente e instituido pactan el destino de los bienes de aquel. Puede ser con transmisión de presente o de futuro. A diferencia del testamento, al ser un negocio jurídico bilateral tiene carácter irrevocable, salvo nuevo pacto entre los otorgantes.

B. Documentación. Escritura de propiedades.

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